Personal del Destacamento de Tráfico de Arcos de Jalón, con apoyo del Grupo de Investigación y Análisis de Tráfico (GIAT) del Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Soria, investiga al conductor de un vehículo como presunto autor de un delito de Falsedad Documental, en la modalidad de SIMULACIÓN, consistente en la manipulación fraudulenta del tacógrafo, al colocar un imán de neomidio en el sensor de movimientos, generando por ello datos inauténticos ficticios de velocidad, tiempos de conducción y descanso.
Los hechos se produjeron sobre las 18:30h del día 19 de septiembre de 2026, cuando una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de la Guardia Civil de Arcos de Jalón (Soria) procede a la parada y control de un vehículo articulado con ocasión de la ejecución de un Punto de Verificación de Alcohol y Drogas.
Al realizarle las pruebas pertinentes, el conductor arroja resultados positivos (0,47 y 0,44 mg/l en aire espirado) siendo el límite de 0,15 mg/l para este tipo de conductor y vehículo.
Posteriormente, al inspeccionar el tacógrafo y sus elementos, pudieron comprobar al extraer el ticket de control que registraba descanso, cuando en realidad se encontraba en movimiento, por lo que al infundir sospechas de que el aparato de tacógrafo pudiera estar manipulado, realizaron una inspección más exhaustiva sobre el mismo y sus elementos, hallando un imán de neomidio colocado en la parte metálica del sensor de movimientos del tacógrafo, por lo que se procedió a su Investigación como autor de los hechos.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo dictó una sentencia en la que afirma que los registros del tacógrafo son documentos oficiales que tienen efectos jurídicos-penales. Así, señala que la información almacenada en la memoria interna del tacógrafo constituye un documento electrónico, y los recibos o tickets que se expiden para obtener la información registrada son copias del citado documento, por lo que la naturaleza oficial del documento resulta indiscutible y su reconocimiento es admisible a dichos efectos.
Por todo lo anterior, los agentes actuantes proceden a la investigación del conductor por un delito de falsedad documental y a la formulación de denuncia administrativa por el positivo de alcoholemia. Las Diligencias instruidas por el GIAT, fueron remitidas en la modalidad de procedimiento abreviado a la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Almazán (Soria) número Uno.
Consecuencias legales
Las personas investigadas pueden enfrentarse a penas que oscilan entre los 6 meses y 3 años de prisión y a multas de entre 6 a 12 meses, según el art. 392 del Código Penal.




