El BOE ha publicado la Ley 4/2024, de 8 de noviembre, Básica de Agentes Forestales y Medioambientales. Para alcanzar un modelo eficiente de conservación de la naturaleza es imprescindible la labor de agentes forestales y medioambientales, que deben estar plenamente integrados en los equipos de gestión, con formación profesional específica, con presencia y responsabilidad territorializada y combinación de funciones técnicas en dominios públicos junto al asesoramiento y asistencia a la propiedad privada.
En este sentido, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha trabajado intensamente en el desarrollo de este régimen jurídico básico para el sector, en colaboración con todas las administraciones públicas implicadas y de la mano de los agentes sociales.
Así, esta ley establece un marco jurídico en el que se define el estatus y las tareas a desempeñar por parte de los agentes forestales y medioambientales, entre las que se encuentran labores de custodia y vigilancia de la naturaleza, apoyo a la gestión del medio ambiente, y auxilio y colaboración en emergencias y protección civil en el medio natural.
De este modo, las y los agentes forestales y medioambientales pasarán a tener la consideración de policía administrativa especial y de policía judicial en sentido genérico. Además, en el ejercicio de sus funciones, tendrán a todos los efectos legales el carácter de agentes de la autoridad, sin perjuicio de la obligación de colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.