La Junta de Castilla y León ha solicitado al Tribunal Superior de Justica regional una «limitación en el derecho a la reunión en espacios públicos y privados entre la 1:00 y las 6:00 horas». La medida tiene como objetivo limitar estas reuniones no regladas a un máximo de 6 personas durante este horario. El objetivo, según el vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, es el de «no desplazar las actividades que puedan producirse en la hostelería a los domicilios, y evitar así, en lo posible, un aumento de la incidencia o de los contagios».
Esta limitación, según el vicepresidente, «es una medida de limitación de derechos fundamentales». Por ello van a solicitar la autorización previa al TSJCyL. No se someterá a ratificación, como se ha realizado en otras ocasiones previas. «No queremos echarla a andar, tratándose de una limitación de derechos fundamentales, hasta que no tengamos autorización por parte del TSJ».
«Lo que vamos a hacer es intentar evitar que se traslade el ocio de la hostelería al interior de los domicilios», explicaba Igea, aludiendo a una petición que le ha realizado la hostelería regional. La limitación se produce en el interior y en el exterior.
NO ES UN TOQUE DE QUEDA
Así lo señala Francisco Igea. Afirma que es una regulación, una «limitación del derecho a reunión en un horario determinado, pero no es una prohibición, ni una limitación del derecho a la movilidad, por tanto, no es un toque de queda. Es una limitación de la menor intensidad posible, en un horario concreto, para evitar un aumento de la incidencia».
Esta medida se ha pedido «porque hay varios Tribunales Superiores en España que lo han admitido. Entendemos que además no es una suspensión de derechos, si no una simple regulación mínima».