Que el Ayuntamiento de Soria inste al Gobierno de España y al Congreso de los Diputados, en el marco de sus respectivas competencias, a:
1.- Aumentar los recursos económicos destinados a los servicios de prevención, de extinción de incendios y salvamento. Y que, de acuerdo con las comunidades autónomas, aborde un proceso de reforzamiento del servicio público mediante personal, medios y fondos a la altura de los peligros que la emergencia climática nos plantea.
2.- Erradicar la precariedad y la temporalidad de los bomberos forestales, impulsando su reconocimiento profesional mediante formación y retribución adecuadas, acabando con la externalización y la privatización de un servicio público esencial y avanzando a paso firme hacia la internalización de las plantillas como personal de las administraciones.
3.- Exigir al Ministerio de Transición Ecológica que desbloquee y acelere la tramitación de la Ley del Estatuto de Bomberos Forestales para que cuanto antes pueda iniciar el trámite parlamentario.
4.- A todas las fuerzas políticas del Congreso de los Diputados a que apoyen la urgente tramitación de la Ley de Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento en el marco del Sistema Nacional de Protección Civil, que ya se encuentra en fase parlamentaria y está pendiente de la constitución de ponencia, que refuerce el servicio público y la garantías para que la gente trabajadora que lo presta pueda hacerlo en las mejores condiciones.
Que el Ayuntamiento de Soria inste a la Junta de Castilla y León a:
5.- Garantizar que el personal laboral fijo discontinuo del operativo de prevención de incendios forestales en Castilla y León trabaje un mínimo de 10 meses al año.
QUINTO.- El Ayuntamiento insta a la Junta de Castilla y León a que, de forma inmediata habilité el operativo coordinado de emergencias y prevención y extinción de incendios que, DURANTE TODO EL AÑO en todas las comarcas de la comunidad, esté dotado de medios humanos y materiales suficientes.
6.- Recuperar y actualizar, con los conocimientos y datos del momento presente, el Plan de Medidas Preventivas Contra Incendios Forestales de Castilla y León (Plan 42).
SEXTO.-… elaborando un nuevo documento en el que siga primando la sensibilización y educación en materia medioambiental y de forma especial lo que se denomina prevención activa. El documento fue aprobado en 2002 y es necesario, 20 años después, redactar un plan nuevo que tenga en cuenta la realidad actual en materia de extinción de incendios
7.- Trabajar, junto a las entidades locales, Planes destinados a la reparación de los graves daños ocasionados por los incendios forestales, así como al fomento de la prevención y a una correcta ordenación forestal.
8.- Elaborar, en coordinación con los profesionales del área y la sociedad civil, un Plan Autonómico de Mitigación y Lucha Contra el Cambio Climático.
9.- Derogar de forma inmediata el Decreto 10/2021, de 31 de marzo, por el que la Junta de Castilla y León aprueba el Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Castilla y León después de dos sentencias contrarias del TSJ de Castilla y León.
10..- Convocar, en el plazo de un mes, la mesa sectorial, constituida el 27 de diciembre de 2018, formada por UGT, CCOO, CSIF y FRMP, para el inicio de las negociaciones conducentes a la tramitación y aprobación del nuevo Plan Sectorial de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad de Castilla y León.
11. Promover, en el plazo de un mes, en cumplimiento de la Disposición final tercera, de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León la creación del Consorcio Autonómico de Bomberos para la prevención, extinción de incendios y salvamento de Castilla y León, garantizando la cofinanciación del 50 % del costes total de mantenimiento de dicho consorcio.
12.- Proceder a revisar, actualizar y modificar durante el plazo de 3 meses el Plan de Protección Civil ante emergencias por incendios forestales en Castilla y León, INFOCAL.
13.- Habilitar de forma inmediata el operativo coordinado de emergencias y prevención y extinción de incendios que, durante todo el año en todas las comarcas de la comunidad, esté dotado de medios humanos y materiales suficientes.
14.- Comenzar la tramitación en el plazo de 3 meses, en sede parlamentaria de la ley de Emergencia Climática de Castilla y León, mediante la presentación del correspondiente Proyecto de Ley.
15.- Comenzar la tramitación, de inmediato, en sede parlamentaria de la ley reguladora de los servicios públicos de Prevención y de Incendios, Emergencias y Salvamento de Castilla y León, mediante la presentación del correspondiente Proyecto de Ley.
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