En una sentencia de 45 folios, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha fallado a favor del Ayuntamiento de Medinaceli, estimando su recurso de apelación.
Así indica el fallo que «estima el recurso de apelación número 12/2025 interpuesto contra el auto de fecha 14 de noviembre de 2024, dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 1 de Soria, por el que se acuerda mantener la medida cautelarísima acordada por auto de fecha 12 de noviembre de 2024 de suspensión de la ejecución del Acuerdo del órgano competente del Ayuntamiento de Medinaceli en el que se aprueba la celebración del Toro Júbilo para el sábado 16 de noviembre de 2024 o la autorización municipal para la celebración de éste, así como frente a la autorización de la delegación territorial en Soria de la Junta de Castilla y León para la celebración del referido festejo en Medinaceli».
Es por ello que, en virtud de esta estimación, «se revoca el auto recurrido y se acuerda no haber lugar a adoptar medidas cautelares, dada la no recurribilidad de los actos administrativos recurridos. No se hace expresa imposición de costas respecto de las causadas en esta apelación».
Ante esta sentencia cabe recurso de casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo y/o ante la Sección de Casación de la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León.
Este recurso se preparará ante esta Sala en el plazo de los treinta días siguientes a la notificación de esta sentencia.




