Según la Disposición Adicional de la Ordenanza Nº 10 Reguladora de la Tasa por la prestación del Servicio de Piscinas e Instalaciones análogas, publicada en el BOP del Lunes 19 de Octubre de 2020, en cuya DISPOSICIÓN ADICIONAL dice: » Cuando, por razones de índole sanitaria u otras de gravedad similar, se acuerde por la Corporación el cierre de las piscinas y/o instalaciones deportivas, se prorrogará el bono anual por el uso de las instalaciones por un periodo idéntico, sin perjuicio de que el usuario pueda optar por la devolución de su importe.»