El Ayuntamiento de Arcos de Jalón ha informado de la Disposición Adicional adoptada sobre la Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, por la que establece una bonificación para aquellos inmuebles en los que desarrollen actividades económicas destinadas a Ocio/Hostelería o a Comercio, «excluyéndose la alimentación, administración de lotería, droguería y /o ferretería, pero sí las pastelerías».
La cuantía de la bonificación aplicada será del 95 por ciento de la cuota íntegra, y se aplicará exclusivamente en el ejercicio económico de 2021.
Se podrá presentar las instancias en las oficinas del Registro General de lunes a viernes en horario de 9:00 a 14:00 horas.
Desde el día 1 de enero hasta el 1 de febrero se podrán presentar las solicitudes.