El Comité de Apelación de la RFEF acordó anoche desestimar el recurso del C. D. Numancia, relativo a la suspensión cautelar del partido Numancia-Lleida. Este comité se declara incompetente para resolver, según su criterio, un asunto no disciplinario. Es por ello que deja en manos del Juez de Competiciones la decisión de fijar la fecha y la hora del mencionado partido, correspondiente a la jornada 17ª del Campeonato de Segunda RFEF (Grupo III), que se tuvo que haber disputado el pasado 9 de enero.
Ante este acuerdo del Comité de Apelación de la RFEF, cabe recurso ante el TAD (Tribunal Administrativo del Deporte) en el plazo de quince días hábiles. El Club está estudiando con sus servicios jurídicos la posibilidad de recurrir ante esta instancia jurídico-deportiva.
SUSPENSIÓN CAUTELAR
El Comité de Apelación de la RFEF acordó a finales del mes pasado conceder la suspensión cautelar solicitada por el C. D. Numancia de Soria, dejando temporalmente sin efecto la resolución del Juez de Competición de la RFEF de fecha 16 de marzo de 2022.
Según el Comité de Apelación, «en el presente caso y en atención a las circunstancias concurrentes, en especial la de encontrarnos en el ámbito cautelar, Apelación considera que respecto de la resolución impugnada, en principio y a falta de conocer el fondo del asunto, procede la suspensión cautelar una vez conjugados los distintos intereses en juego».
Procedía a la vista de las especiales circunstancias concurrentes en el expediente extraordinario, conceder la suspensión cautelar solicitada hasta la resolución del fondo del recurso.