- También ha informado favorablemente las Normas Urbanísticas de San Esteban de Gormaz, además de autorizar la instalación de placas solares en la Villa Romana ‘La Dehesa’ y la consolidación de las rocas en el antiguo castillo de Gómara.
- Patrimonio considera compatible el proyecto de planta fotovoltaica ‘Oncala II’ y ‘Oncala III’, pero no estima compatible la planta ‘Oncala I’, al afectar directamente a diez elementos del patrimonio etnológico.
- La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo ha acordado la inadmisión de la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental simplificada relativa al proyecto de sondeo de investigación en Noviercas.
La Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, presidida esta mañana por la delegada territorial, Yolanda de Gregorio, ha autorizado el proyecto de infraestructura rural en Montejo de Tiermes. El camino que se proyecta ahora tiene un trazado prácticamente similar al consensuado en la visita técnica de 2017 por la ponencia técnica de la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural, los arquitectos y el arqueólogo del proyecto Laboratorio Cultural de Tiermes, así como por los representantes municipales. La iniciativa planteada tiene gran interés al permitir la eliminación del camino que pasa por el yacimiento con el impacto que ocasiona sobre el mismo, así como el acceso a la zona occidental del asentamiento con gran riqueza arqueológica y paisajística.
Los trabajos arqueológicos contemplados en el proyecto, referentes a prospección, balizado de restos y excavación arqueológica, se realizarán de forma previa al inicio de las obras para valorar el grado de incidencia de las mismas. Si los resultados de estos trabajos fueran negativos se deberá realizar una serie de sondeos complementarios de carácter mecánico que permitan corroborar la ausencia de afecciones. En el caso de que se produzca el hallazgo de restos o se detecte afección sobre los mismos, se elaborará un informe que valore dicha afección y plantee las medidas correctoras necesarias para evitarla o minimizarla y establezca las medidas de protección oportunas en el caso de que se considere que las obras en ese punto fueran incompatibles con la conservación de los restos.
Para garantizar la conservación de la zona arqueológica y mantener sus valores históricos, el paisaje y las características generales del ambiente, los áridos empleados para el firme del vial serán similares a los existentes en la zona, debiéndose naturalizar posteriormente los puntos de mayor impacto mediante la plantación de especies autóctonas (siempre que se trate de zonas sin riesgo arqueológico). Se prohíbe, de cara al futuro mantenimiento del camino, el empleo de otro firme que no sean las zahorras naturales.
Informe de Normas Urbanísticas Municipales en San Esteban de Gormaz
La Comisión de Patrimonio ha informado favorablemente las Normas Urbanísticas Municipales de San Esteban de Gormaz, promovidas por el Ayuntamiento de la localidad. En relación con el Plan Especial del Conjunto Histórico de San Esteban de Gormaz y las modificaciones planteadas, el área de suelo comprendido en el ámbito del Conjunto Histórico y ubicado al norte del viario que circunda la iglesia de San Miguel, se clasifica como Suelo Rústico de Asentamiento Tradicional, si bien las características del ámbito no se ajustan a las condiciones de este tipo de suelo. Se reconsiderará su clasificación como Suelo Rústico. La parcela de equipamiento público, ubicada al sur de la iglesia del Rivero, será de uso pormenorizado cultural. Se dará una solución a las bodegas afectadas por la modificación de alineaciones en la calle Las Cuestas con el establecimiento de alineación y/o de parcela con ordenanza específica.
En la modificación planteada en la parcela situada en la calle Mayor 122 se establecerá una altura máxima que permita evitar problemas de servidumbres de vistas con el colindante. En las fichas A-6 y A-17 del Catálogo de Elementos Protegidos se consignarán como elementos a conservar la volumetría y la composición de fachada.
En relación con el Conjunto Etnológico de las Bodegas de ‘El Plantío’ de Atauta, se eliminará la condición de no comunicación al Ayuntamiento de las labores de mantenimiento, pues toda actuación en el Conjunto requiere autorización de la Comisión de Patrimonio. En el artículo 1 se incluye como actuación o intervención prohibida la construcción de nuevas bodegas, tal y como se recoge en el Plan Director. Los terrenos situados en el entorno de palomares y las bodegas ubicadas a la entrada de la carretera se clasificarán como Suelo Rústico con Protección Cultural.
Instalación de placas solares en la Villa Romana de ‘La Dehesa’
La Comisión ha autorizado la colocación de placas solares en la cubierta del edificio construido sobre el yacimiento de la Villa Romana ‘La Dehesa’, en Las Cuevas de Soria, promovido por la Diputación Provincial de Soria. Se instalarán 54 paneles solares fotovoltaicos para autoconsumo del edificio.
Estarán ubicados sobre el faldón sur de la cubierta, tal y como se recoge en la documentación gráfica. A fin de conectar las placas con el cuarto de instalaciones, se dispone una canaleta que discurre apoyada sobre la cubierta hasta alcanzar la fachada de acceso, por donde discurre vista un tramo hasta el cuarto. Se mimetizará lo máximo posible la canaleta en relación con la fachada (color y material). La actuación va a integrarse de forma correcta, sin suponer menoscabo alguno para el yacimiento arqueológico, que es el bien a proteger.
Consolidación de las rocas en el cerro del antiguo castillo de Gómara
La Comisión ha autorizado la consolidación de las rocas en el cerro del antiguo castillo de Gómara, promovido por Ayuntamiento de la localidad. La finalidad de la actuación ha sido asegurar la estabilidad del terreno, puesto que las rocas que conforman el asentamiento del cerro sobre el que se ubican los restos del castillo se encontraban erosionadas en su parte inferior, lo que provocó desprendimientos y derrumbes.
La intervención ha consistido en la ejecución de una zapata corrida a lo largo de la base erosionada, sobre la que se construye un muro de hormigón de una altura media de 40 centímetros. Posteriormente se procedió al relleno de ese espacio con material de excavaciones o préstamos y se compactó a fin de que las rocas asentasen. Además, se ha ejecutado un drenaje en la zona superior, en el propio yacimiento arqueológico del cerro del castillo, a fin de evitar que el agua filtrada erosione las rocas. Para ello se han ejecutado unas zanjas en las que se colocó el tubo de drenaje que se conduce a un pozo y evacúa a la zona norte.
Resultados de las prospecciones arqueológicas de las plantas solares fotovoltaicas ‘Oncala I’, ‘Oncala II’ y ‘Oncala III’
La Comisión ha conocido los resultados de las prospecciones arqueológicas para los proyectos de las plantas solares fotovoltaicas ‘Oncala I’, ‘Oncala II’ y ‘Oncala III’ y de la línea eléctrica de evacuación, en los términos municipales de Castilfrío de la Sierra, Carrascosa de la Sierra, Aldealices, Valtajeros y Oncala, promovidas por Enerland Generación Solar 2, SL y Enerland Generación Solar 6, SL.
El proyecto Oncala I es de una superficie aproximada de 115 hectáreas, ‘Oncala II’ de unas 35 y Oncala III de 23. A su vez, la línea que une ‘Oncala I’ y ‘Oncala II’ tiene una longitud de 1,3 kilómetros, igual que la que une Oncala I y III. La línea de evacuación entre los parques y la subestación de San Andrés de San Pedro tiene una longitud aproximada de 6 kilómetros. En este estudio se valora el impacto entre el término de Carrascosa de la Sierra y el final de la línea, ya que hacia el sur esta línea enlaza con la que viene del parque fotovoltaico de Alconaba. Estos proyectos están sometidos al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
La Comisión ha considerado que el proyecto de planta fotovoltaica ‘Oncala I’ es incompatible con la protección del Patrimonio Cultural, ya que afecta directamente a diez elementos del Patrimonio Etnológico y de forma indirecta al dolmen de ‘El Alto de la Tejera’, al castro de ‘Los Castillejos’, al casco urbano de Castilfrío y a la ermita de Nuestra Señora de La Carrasca.
Por otro lado, la instalación fotovoltaica ‘Oncala II’ se considera compatible con la adopción de varias medidas correctoras y compensatorias. Deberá dejarse una franja de protección respecto al castro de ‘Los Castellares’, con el fin de proteger sus visuales y no comprometer intervenciones que se puedan plantear en el futuro. La franja de protección comprenderá la parte visible del parque desde el yacimiento. De este modo, también se protege la estructura etnológica existente en ese sector. En la zona donde se sitúe la instalación deberá realizarse de forma previa un estudio arqueológico para confirmar la presencia o ausencia de restos asociados al yacimiento. Los refugios de pastor ubicados en el ámbito de la instalación se balizarán de forma previa a las obras, dándoles un radio de protección de 15 metros, y se llevará a cabo su consolidación. Se instalará además una pantalla vegetal para minimizar el impacto visual desde el yacimiento de ‘El Castillejo’ y se llevará a cabo el soterramiento de la línea eléctrica.
La instalación fotovoltaica ‘Oncala III’ también se considera compatible, con la adopción de varias medidas correctoras y compensatorias. Los refugios de pastor ubicados en el ámbito de la instalación se balizarán de forma previa a las obras, dándoles un radio de protección de 15 metros, y se llevara a cabo su consolidación. Se realizará el control arqueológico de los movimientos del terreno asociados a la obra para comprobar la existencia de restos relacionados con el yacimiento calcolítico de ‘Alto de los Valles’. Se instalará una pantalla vegetal para minimizar el impacto visual desde el yacimiento de ‘El Castillejo’ y se llevará a cabo el soterramiento de la línea eléctrica.
En cuanto a la línea eléctrica de evacuación, se deberá alejar del dolmen de ‘Alto de la Tejera’ al menos 250 metros y se llevará a cabo el control arqueológico de los movimientos del terreno en el entorno de afección de los yacimientos de ‘Santo Espíritu’ y ‘El Majadal’, que deberán ser balizados al inicio de las obras. Los proyectos deberán ser autorizados por la Comisión Territorial de Patrimonio Cultural por afección indirecta sobre el castro de ‘Los castillejos de Castilfrio’, yacimiento inventariado por la disposición adicional 2ª de la Ley 12/2002 de Patrimonio Cultural de Castilla y León.
Autorización de prospecciones arqueológicas de diferentes proyectos de instalación híbrida
La Comisión también ha autorizado las prospecciones arqueológicas intensivas vinculadas a los proyectos de instalación híbrida ‘Radona I’ y ‘Radona II’, en los municipios de Radona y Alcubillas de las Peñas; el proyecto de instalación híbrida ‘Tarayuela’, en los municipios de Alentisque, Momblona y Morón de Almazán; el proyecto de instalación híbrida ‘Hontalbilla I’ y su línea eléctrica de evacuación en los términos municipales de Adradas y Barahona; y el proyecto de instalación híbrida ‘Hontalbilla II’ y su línea eléctrica de evacuación en los términos municipales de Adradas, Ontalvilla de Almazán y Jodra de Cardos. Todos los proyectos están promovidos por Taxus Medio Ambiente, SL.
Castillo de Magaña
Además, entre otros asuntos, la Comisión de Patrimonio ha autorizado la intervención arqueológica en el castillo de Magaña, correspondiente a la II fase y promovido por el Ayuntamiento de la localidad.
Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo
La Comisión Territorial de Medio Ambiente y Urbanismo, reunida también esta mañana bajo la presidencia de la delegada territorial, ha acordado, a la vista de la resolución denegatoria de la Confederación Hidrográfica del Duero, inadmitir la solicitud de inicio de evaluación de impacto ambiental simplificada relativa al proyecto de sondeo de investigación para la caracterización estratigráfica del subsuelo en el término municipal de Noviercas (Soria), promovido por Valle de Odieta, S. COOP. LTDA.
La inadmisión del proyecto del proyecto se justifica en el artículo 45.4 de la Ley de Evaluación Ambiental y el artículo 55.3 del texto refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, concretamente en su apartado ‘d’: “Si existiese un pronunciamiento del órgano de la Administración pública competente en el que se ponga de manifiesto la inviabilidad del proyecto, basada en el incumplimiento de la normativa sectorial o de los instrumentos de planeamiento urbanístico u ordenación del territorio”.
En este caso, la Resolución de 22 de abril de 2021 de la Confederación Hidrográfica del Duero, denegatoria de autorización de investigación de aguas subterráneas, afecta directamente ya que el desarrollo de la actividad proyectada precisa para su ejecución de la autorización del citado organismo. Además, el informe del Servicio Territorial de Fomento expone el artículo 4.3.3. de las Normas Urbanísticas Municipales de Noviercas, en relación con el abastecimiento de agua potable, que establece que “No se permitirá la autorización de nuevos pozos de abastecimiento que no tengan carácter público”.
Durante el trámite de audiencia el promotor manifestó su disconformidad con la inadmisión y requirió que se continuase con la tramitación de la evaluación de impacto ambiental. Respecto al contenido del informe urbanístico no realiza ninguna indicación.
Contra la Resolución adoptada hoy por la Comisión, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, de acuerdo con lo establecido en los artículos 112, 115 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, recurso de alzada ante la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación. Transcurrido dicho plazo sin haber interpuesto el recurso, esta Resolución será firme a todos los efectos.
Proyecto ‘Co-Living & Co-Working’ en el municipio de El Burgo de Osma
La Comisión ha acordado no someter a evaluación de impacto ambiental ordinaria el proyecto de ‘Co-Living & Co-Working’, promovido por Natrustica, S.L., en el término municipal de El Burgo de Osma-Ciudad de Osma, por no tener efectos significativos sobre el medio ambiente, de acuerdo con los criterios del anexo III de la ley de Evaluación Ambiental.
El proyecto consiste en crear un espacio compartido de zona de trabajo y alojamientos en suelo rústico, cerca de la localidad de Lodares de Osma, en el término municipal de El Burgo de Osma. En la parcela existía un asentamiento con seis bungalows de madera abandonados y en mal estado, con sus bases de cimentación correspondientes, un pozo obstruido y una vía de acceso para vehículos. La finca tiene acceso desde un camino público municipal en mal estado.
El proyecto se desarrolla en cuatro zonas: A, con demolición de una casa-bungalow y colocación de dos containers marítimos sobre la losa de hormigón existente, con baños, cocina y zona de trabajo; Zona B, con rehabilitación de dos casas-bungalow de madera; Zona C, construcción de seis losas de cimentación para instalación de seis construcciones en madera tipo cúpula geodésica o domo, con capacidad para dos camas, mesas auxiliares y sillones, con instalaciones de iluminación, saneamiento climatización y electricidad; y Zona exterior, con adecuación de pavimento, terreno vegetal y mobiliario exterior.
El suministro energético será en su mayoría renovable, contando con una instalación solar fotovoltaica. Para el abastecimiento de agua se acondicionará un pozo existente y el saneamiento se resolverá mediante la instalación de fosas biológicas IMONF.
La finca se enclava en una zona agroforestal sin continuidad inmediata con trama urbana, poblada con vegetación arbórea y arbustiva, por lo que tanto las construcciones existentes como las proyectadas constituyen un área de interfaz urbano-forestal.
Todos los informes son favorables y entre las medidas protectoras y correctoras figuran la conservación de la vegetación natural, no realizar vertidos a cueces ni al suelo, cumplir con la normativa de ruidos, restauración de la zona afectada por obras y gestión de los residuos de construcción y demolición. Dada la proximidad de la masa forestal a la instalación se cumplirán las medidas contempladas en el documento ambiental para evitar y actuar en el caso de incendios forestales. Además, en el entorno de la zona ocupada por las edificaciones se deberá mantener una franja perimetral de seguridad de 25 metros de anchura mínima, libre de residuos y vegetación seca, con la vegetación herbácea segada y con la masa arbórea y arbustiva aclarada.