El vicepresidente y portavoz de la Junta, Francisco Igea, ha anunciado hoy que se incorpora al régimen sancionador vinculado al COVID-19 la posibilidad de acordar el cierre cautelar y temporal de establecimientos que incumplan de forma grave la normativa frente al coronavirus.
El texto ahora elaborado hace referencia a una doble finalidad: por un lado, regula la posibilidad de imponer, como sanción accesoria a las anteriormente ya definidas, el cierre temporal del establecimiento, instalación o servicio implicado en algunas de las situaciones calificadas como infracción grave o muy grave, siempre tras audiencia previa del interesado y por un período de dos o cinco años, respectivamente.
Y por otro la posibilidad de acordar, tanto como medida provisionalísima -es decir, con carácter previo al inicio del procedimiento sancionador correspondiente- o como provisional -una vez iniciado éste-, el cierre provisional o la suspensión de actividad en el establecimiento susceptible de infracción.