La Audiencia Provincial de Soria ha denegado la revisión de su condena a un agresor sexual condenado a cinco años de prisión.
La sentencia se impuso durante el mes de mayo de 2021, y al detenido se le acusa «de un delito de acceso carnal por vía vaginal hallándose la víctima privada de sentido por efecto de la ingesta alcohólica, previsto y penado en el art. 181,1, 2 y 4 del Código Penal».
Finalmente, la sala ha acordado desestimar la solicitud de revisión de condena, dado que «si bien no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, la pena no debe imponerse en el mínimo, al apreciar […] en la gravedad de síntomas y secuelas sufridos por la víctima, dada su juventud en el momento de los hechos -19 años-, considerando proporcionada a la gravedad de los hechos la imposición de una
pena de 5 años de prisión e inhabilitación especial para ejercicio del derecho
de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena».