La víctima, una mujer de 79 años, tuvo que ser trasladada a un centro sanitario para ser atendida de lesiones de carácter leve
El atropello ocurrió a las 06:30 horas de la madrugada en el Camino del Cementerio de Ocenilla, una localidad adscrita al Ayuntamiento de Cidones. Un turismo, conducido por un joven de 24 años atropelló en este camino vecinal a una mujer de 79 años que tuvo que ser atendida de las lesiones leves ocasionadas en un centro sanitario.
La Guardia Civil investiga al conductor, que resultó ileso al igual que el otro ocupante del turismo, porque dio positivo en las pruebas de alcoholemia realizadas (0,61 y 0,61 miligramos de alcohol por litro de aire espirado).
TASAS DE ALCOHOL
La Guardia Civil señala que el ejercicio de la actividad de conducción sin permiso atenta contra la seguridad vial y está penada por la ley con penas de prisión, multa o trabajos en beneficio de la comunidad.
Además, recuerda que la ingesta de bebidas alcohólicas, así como la de drogas y sustancias tóxicas, influye en el conductor de un vehículo ya que disminuye su capacidad sensorial, de reflejos y de atención en la conducción. También desvirtua la percepción de la realidad y causa una conducción inapropiada. Por todo ello, supone un evidente peligro para la vida propia y del resto de los usuarios de la vía puesto que aumenta exponencialmente la posibilidad de sufrir un siniestro vial.
La tasa máxima de alcohol permitida en España para conducir se sitúa, con carácter general, en 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire espirado. Si se trata de profesionales y de conductores noveles, esta tasa máxima se reduce a 0,15 mg/l. Con todo, la Dirección General de Tráfico insiste en que el riesgo de accidente puede verse incrementado con cualquier cantidad de alcohol y que la única tasa realmente segura es 0,0 mg/l.
Estas conductas al volante podrían conllevar administrativamente hasta 1.000 euros de sanción y penalmente podrían ser castigadas con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.