El plazo de presentación de solicitudes está abierto desde el 11 de mayo al 31 de agosto.
Las solicitudes se presentarán preferentemente de forma telemática mientras esté vigente el estado de alarma.
Los ciudadanos también podrán presentar presencialmente las solicitudes, desde el 11 de mayo, y durante el estado de alarma, estarán disponibles para ello las oficinas de las nueve sedes principales de las Delegaciones Territoriales en las capitales de provincia de lunes a viernes de 8.30 h. a 14.30 h., de lunes a jueves de 16.30 h. a 18.30 h. y sábados de 9.00 h. a 14.00 h. Los meses de julio y agosto de lunes a viernes de 8.30 h. a 14.30 h.
Las oficinas de los cinco puntos de información y atención al ciudadano: Ponferrada, Arenas De San Pedro, Aranda de Duero, Treviño y Miranda de Ebro abiertas los días laborables, de lunes a viernes de 8.30 h. a 14.30 h., de lunes a jueves de 16.30 h. a 18.30 h. y sábados de 9.00 h. a 14.00 h. Los meses de julio y agosto de lunes a viernes de 8.30 h. a 14.30 h.
Las oficinas de la Consejería de Familia, Gerencia de Servicios Sociales y las oficinas de las nueve Gerencias Territoriales de lunes a viernes de 9.00 h a 14.00 h.
Reducción de jornada
Están dirigidas a familias cuyos ingresos no superen los 35.000 €.
Finalidad
Para el cuidado de menores de 12 años, de personas con discapacidad que no desempeñen una actividad retribuida, o de familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
Requisitos
Reducción de jornada durante al menos 6 meses en un 50% la jornada. El importe de la subvención será de 1.500 € que se incrementará con otros 1.000 € para las familias numerosas o monoparentales.
Reducción de jornada durante el Covid-19 se financiará la reducción de al menos un mes de duración en un mínimo del 40% de la jornada. En este caso la cuantía será de 250 € al mes, que se incrementará en 150€ más para las familias numerosas o monoparentales.
Excedencia
Dirigido a familias cuyos ingresos no superen los 35.000 €
Finalidad: Para el cuidado del hijo menor de tres años o familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad.
Requisitos: Para el cuidado hijos menores de tres años, siempre y cuando se realice consecutivamente, durante un periodo ininterrumpido de tres meses, por ambos padres, y por idéntico período cada uno (mes y medio de ejercicio del derecho cada uno).Para atender al cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, durante un periodo ininterrumpido de seis meses. El importe de la subvención será de 1.500 € y se incrementará en 1.000 € para familias numerosas y monoparentales.
Para atender al cuidado del hijo menor de tres años o al cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, durante un periodo mínimo de un mes, ejercitado como consecuencia de la crisis del COVID-19. La cuantía será de 250 € al mes, que se incrementará en 150€ más para las familias numerosas o monoparentales.