IMPORTANTE: Para todas las empresas que presenten un ERTE con independencia de cúal sea la actividad que desarrollen y de la obligatoriedad que tengan de permanecer cerradas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, desde FOES recomendamos que presenten ERTE por causa de fuerza mayor porque solo las empresas que lo presenten por fuerza mayor podrán exonerarse del las cuotas a la Seguridad Social de los trabajadores tal como recoge el artículo 24 del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo publicado hoy 18 de marzo.
Ver CUADERNO SOBRE CÓMO TRAMITAR UN ERTE POR CAUSA DE FUERZA MAYOR
- En caso de que tu empresa mantenga su actividad, recomendamos expidas a cada una de las personas que tengan que desplazarse para desarrollar su trabajo, un certificado empresarial con el que cada persona trabajadora pueda acreditar ante las autoridades pertinentes dicha circunstancia. Ponemos a tu disposición 4 modelos de dicho certificado en función del que pueda necesitar tu empresa (si tienes un único centro de trabajo, si tienes varios, si es para trabajadores de asistencia técnica o bien para autónomos).
Ver MODELOS CERTIFICADOS DESPLAZAMIENTOS
- Desde FOES hemos elaborado también un resumen de las principales medidas en el ámbito empresarial aprobadas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 (BOE 18/3/2020). Puedes acceder también al texto completo del Real Decreto-ley 8/2020 en el siguiente enlace:https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf
VerRESUMEN MEDIDAS ÁMBITO EMPRESARIAL
- AUTÓNOMOS: Información sobre cómo tramitar la prestación extraordinaria.
VerAUTÓNOMOS TRAMITAR PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA
- Resumen limitaciones actuales del estado de alarma e imagen gráfica desde las 12 horas de la noche del día 18 de marzo.
VerLIMITACIONES ACTUALES ESTADO DE ALARMA
VerIMAGEN LIMITACIONES ACTUALES
- Circulación de las personas: sanciones y limitacionesdel actual estado de alarma desde las 12 horas de la noche del día 18 de marzo.
VerIMAGEN SANCIONES Y LIMITACIONES CIRCULACIÓN PERSONAS
- Asimismo os facilitamos algunas recomendaciones específicas para determinados sectores de actividad.
Ver RECOMENDACIONES SECTOR ALIMENTACIÓN
Ver RECOMENDACIONES EMPRESAS LIMPIEZA Y COMUNIDADES DE VECINOS
Ver RECOMENDACIONES CONSTRUCCIÓN
- En relación a la situación de los procedimientos con entidades del sector público recordamos que “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”.
- Recordatorio FOES en caso de positivos de coronavirus en las empresas. Las empresas que presenten algún caso positivo en coronavirus, además de avisar al coordinador y al resto de l aplantilla, deben avisar también a su Servicio de Prevención Ajeno, dado que según el punto 4 del procedimiento de actuación frente a casos por infección por el nuevo coronavirurs (SARS-CoV-2): «Los servicios de prevención de riesgos laborales serán los encargados de establecer los mecanismos para la investigación y seguimiento de los contactos estrechos en el ámbito de sus competencias, de forma coordinada con las autoridades de salud pública…» (Ministerio de Sanidad).